Según lo recientemente establecido por el Ministerio del Trabajo, los empleados que deseen optar al Fondo de protección de empleo, deberán presentar una declaración jurada ante notario.
Anteriormente se presentaba el mismo documento, pero sin el aval de un notario.
María Isabel Salazar, viceministra de administración del Trabajo, señaló que han desarrollado inspecciones para corroborar que los datos sean reales y que de esta manera se fortalezca el proceso.
Por su parte, el ministro Rafael Rodríguez, señaló que este nuevo requisito será útil para verificar que los datos suministrados por los empleados sean correctos y precisos, de esta forma el beneficio llegará a quienes más lo necesiten.
El Departamento de Comunicación del Ministerio de Trabajo, detalló que, dicho requisito es solamente para los empleadores que están en proceso de notificación de la suspensión de contratos laborales, no para quienes ya lo hicieron.
Este beneficio del Fondo de protección del empleado se trata de un pago de forma quincenal de 75 quetzales diarios destinados a los trabajadores a los que se les haya suspendido su contrato laboral a raíz de la crisis del Covid-19.