Este sábado ha sido publicada una normativa para la ley 15-2020, en donde el presidente Alejandro Gianmttei establece la prohibición de cortes de servicios básicos durante el periodo de emergencia debido al COVID -19. El reglamento ha sido aprobado por el congreso de la Republica.
Con el acuerdo se evitará el corte o suspensión de los servicios de agua, luz, teléfonos, internet y cable en el país.
En el caso de servicio de agua, ha quedado establecido que los usuarios del vital líquido potable y entubada podrán hacer convenios de pagos con las empresas públicas y privadas de dicho servicio.
Por su parte, en cuanto al servicio de energía electrica, se estable que no podrá ser suspendido a aquellas personas que se encuentran en situaciones desfavorables y que sean usuarios residenciales.
Es preciso recalcar que dichos usuarios no debe exceder su consumo a más de 300 kilovatios horas, y del mismo modo, deben estar al día con sus facturas previas a la pandemia.
En cuanto al servicio telefónico, la normativa dicta que, aquellos usuarios de telefonía fija o móvil post pago no podrán recibir cortes por parte de las operadoras, sin embargo si podrán ser reducidos a plan de comunicación básico.
El servicio de cable no podrá ser suspendido a los usuarios, pero sí reducido a una programación básica.
Y finalmente el servicio de internet fijo o móvil podrá ser suspendido en aquellos contratos post pago mensual que incumplan, sin embargo quedará solo la posibilidad de una navegación limitada a correos electrónicos y paginas gubernamentales