Mediante un comunicado de manera oficial, el Ministerio de trabajo y Previsión Social ha informado sobre una orientación para la ejecución del pago del bono 14.
Asimismo, el Ministerio de trabajo recalca que, dicho beneficio se encuentra establecido bajo decreto 42-92 e indica que debe ser pagado la primera quincena de Julio de cada año a todos los trabajadores
La cartera reitera que esta prestación debe ser cubierta, “especialmente por parte de las empresas que han continuado operando a pesar de la emergencia por el Covid-19”, ya que el cumplimiento de este compromiso es un derecho de los trabajadores y que el Estado debe garantizar.
Sin embargo, también reconoce que derivado de la pandemia coronavirus la actividad económica se ha visto afectada, por lo que, atendiendo a la legislación vigente que regula los mecanismos para el cumplimiento de las obligaciones con respecto a dicha prestación, se informan las siguientes orientaciones:
“Se realizaron las gestiones ante las entidades financieras: Micoope, Banco de Desarrollo Rural, S.A. (Banrural); y Banco Inmobiliario S.A., para que los empleadores puedan acceder al Fondo de Crédito para Capital de Trabajo, de conformidad con lo establecido por el Decreto Número 13-2020 y el Reglamento de dicho Fondo emitido por el Crédito Hipotecario Nacional (CHN), para el cumplimiento del pago de esta prestación.”
“Los patronos que no estén en posibilidad económica para realizar el pago de la Bonificación y así lo comprueben, deberán informar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social sobre dicha situación, a través de una declaración jurada, como establece la legislación aplicable. La Inspección General de Trabajo actuará conforme a la ley en caso de duda razonable o inexactitud de la información declarada.”
“El Ministerio de Trabajo y Previsión Social debe velar por el cumplimiento de la ley y los principios que inspiran el derecho laboral, siendo uno de ellos el principio conciliatorio. La ley es tutelar del trabajador y se implementarán las acciones que correspondan en caso de que se incumplan los acuerdos establecidos.”
Con Información tomada del Ministerio de Trabajo